El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el Reglamento de la Ley N° 32449, Ley que crea el Tratamiento Especial Tributario y Aduanero para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP), mediante el Decreto Supremo N° 005-2026-MINCETUR.
Este reglamento tiene por finalidad garantizar el adecuado funcionamiento de las ZEEP, orientado a promover las inversiones, contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible y fomentar la competitividad y la innovación en el país.

Por ende, la norma reglamentaria será de aplicación a las entidades públicas vinculadas a las ZEEP, los sujetos que postulen o actúen como operadores privados o usuarios de dichas ZEEP, así como los sujetos que intervengan al interior de la ZEEP, según corresponda, en virtud de lo establecido por la Ley N° 32449, Ley que crea el Tratamiento Especial Tributario y Aduanero para las ZEEP.

De acuerdo con el reglamento los usuarios de la ZEEP podrán desarrollar actividades industriales, de ensamblaje y servicios, con excepción de las actividades económicas no permitidas previstas en el artículo 5 de la mencionada ley, y las señaladas en el Anexo 1 de la propia norma reglamentaria como la fabricación de calzado y el acabado de productos textiles.

La norma reglamentaria consta de un Título Preliminar, ocho (08) Títulos, cuarenta (40) artículos, una (01) disposición complementaria final y dos (02) Anexos.

Las disposiciones adicionales relacionadas a las materias tributarias y aduaneras serán aprobadas
por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), de conformidad con la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada ley.

Fuente: El Peruano
Fecha de publicación: 22/04/2026

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