LEY Nº 32317.

Fecha de publicación:   Jueves, 01 de mayo de 2025.

Mediante  la presente Ley,  se precisa que el departamento de San Martín es sujeto del otorgamiento del beneficio del crédito fiscal especial del impuesto general a las ventas, conforme al párrafo 13.2 del artículo 13 de la Ley 27037.

La Ley 27037, Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, fue restituida por la Ley 29742, y contempla que los contribuyentes ubicados en la Amazonía que se dediquen principalmente a actividades como la agropecuaria, la acuicultura, la pesca, el turismo, la transformación forestal y otras actividades manufactureras relacionadas, pueden acceder a un crédito fiscal especial del 25% del IGV bruto mensual. Este beneficio aplica a las ventas de bienes gravados realizadas fuera de la Amazonía. En el caso de los departamentos de Loreto, Madre de Dios y algunas zonas de Ucayali, el crédito fiscal especial asciende al 50%, con la Ley N° 32317. San Martín había sido excluida del beneficio mediante el artículo 3 de la Ley 28575, ahora vuelve a tener el beneficio del 25%.

Fecha de vigencia:  02/05/2025.