RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000293-2024/SUNAT.

Fecha de Publicación:   Jueves, 26 de diciembre de 2024.

Mediante la presente Resolución, se posterga, del período enero de 2025 al período julio de 2025, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del SIRE, determinados sujetos que se encuentran obligados a llevar los mencionados registros. Para ello, se modifican las Resolución de Superintendencia Nº 000112-2021/SUNAT y Resolución de Superintendencia Nº 000040-2022/SUNAT.

En resumen,  la prórroga del SIRE solo está referida a los contribuyentes comprendidos en el Régimen General y a otros que no hayan estado comprendidos anteriormente

Fecha de vigencia:  27/12/2024