Aplazar la vigencia de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 189-2024-EF.

El Gobierno ha decidido mantener la tasa de restitución de derechos arancelarios en un 3% hasta julio de 2025, de conformidad con el Decreto Supremo No. 197-2024-EF.

La norma difiere la vigencia de ciertas disposiciones del Decreto Supremo No. 189-2024-EF, que modifica el Decreto Supremo No. 104-95-EF, el cual aprueba el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios.

Así, el objetivo es aplazar la vigencia de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo No. 189-2024-EF hasta el 31 de julio de 2025.

De acuerdo con la norma, esta disposición tiene como finalidad evaluar medidas complementarias que impulsen de manera sostenida la productividad de las actividades de exportación de las empresas beneficiadas por la restitución de derechos arancelarios, contribuyendo así a incrementar la competitividad de las exportaciones peruanas.

La mencionada postergación aplica a los exportadores que participen en el trámite de las solicitudes para acogerse al procedimiento de restitución simplificado de derechos arancelarios, según un informe del Estudio Muñiz.

En consecuencia, la vigencia de la reducción de la tasa de restitución de derechos arancelarios, que debía aplicarse a las solicitudes presentadas a partir del 25 de octubre de 2024,   se postergará hasta el 31 de julio de 2025.

Fuente:  El Peruano
Fecha:   24/10/2024