RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 000007-2025-SUNAT/300000.

Fecha de publicación:  Viernes, 21 de febrero de 2025.

Mediante la presente Resolución, se aprueba la facultad discrecional para no sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas Relacionadas con las operaciones en el terminal portuario multipropósito de Chancay.

La finalidad es aplicar la facultad discrecional para no sancionar las infracciones tipificadas en el inciso c) del artículo 197 e inciso b) del artículo 198 de la Ley General de Aduanas, identificadas con los códigos N07, N08, N09, N10, N14, N15, N18, N19, P81 y P82, siempre que se cumpla de manera conjunta con las condiciones establecidas en el anexo, el cual está adjunto en la misma resolución.

Asimismo, no procede la devolución ni compensación de los pagos realizados vinculados a las infracciones materia de la facultad discrecional prevista en la resolución.

Fecha de vigencia:  22/02/2025