El Tribunal Fiscal ha emitido un precedente de observancia obligatoria en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08829-9-2024, estableciendo lo siguiente:
“No procede aplicar retroactivamente la modificación introducida al numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario por el Decreto Legislativo Nº 1311 a infracciones cometidas antes de su entrada en vigencia”.
Fuente: Diario oficial El Peruano
Fecha: 11/10/2024