Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 0000105-2025-SUNAT/7T0000, concluyendo lo siguiente:

En el marco de un procedimiento de fiscalización del Impuesto a la Renta, como resultado del cual, la Administración Tributaria emite resoluciones de determinación por dicho impuesto y por la Tasa Adicional del 5 % sobre las sumas a que se refiere el inciso g) del artículo 24-A de la Ley del Impuesto a la Renta, siendo que, únicamente se ha reclamado la resolución de determinación emitida por el Impuesto a la Renta:
Procede la cobranza coactiva de la deuda tributaria contenida en la resolución de determinación emitida por la Tasa Adicional del 5 %, aun cuando esté vinculada con los reparos que sustentan la resolución de determinación emitida por el Impuesto la Renta, que se encuentra reclamada.

Informe completo aquí:
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2025/informe-oficios/i000105-2025-7T0000.pdf

Fecha de publicación: 27.10.2025
Fuente: Página web de la Sunat