Sunat ha publicado el Informe N° 0000064-2025-SUNAT/7T0000, concluyendo lo siguiente:
De acuerdo con la Convención de Viena y el Reglamento sobre Inmunidades y Privilegios Diplomáticos, los ingresos obtenidos por una Misión Diplomática por la venta de bienes inmuebles de propiedad del Estado acreditante al que representa, registradas en el Ministerio de Relaciones Exteriores y que sirven exclusivamente de residencia oficial de sus agentes diplomáticos, se encuentran –en términos del citado reglamento – exonerados del pago del Impuesto a la Renta, en tanto dichos agentes diplomáticos sean jefes de la misión.
Informe completo aquí:
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2025/informe-oficios/i000064-2025-7T0000.pdf
Fecha de publicación: 11.06.2025
Fuente: Página web de la Sunat