Sunat ha publicado el Informe N° 0000010-2025-SUNAT/7T0000, en el que se concluye lo siguiente:
Las sociedades de beneficencia aún se encuentran comprendidas dentro del supuesto de inafectación previsto en el inciso a) del primer párrafo del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley Impuesto a la Renta.
Ingresa aquí al: INFORME N° 0000010-2025-SUNAT/7T0000
Fecha de publicación: 23.01.2025
Fuente: Página web de la Sunat