RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000149-2025/SUNAT

Fecha de publicación:  Jueves, 08 de mayo de 2025.

A través de la Resolución de Superintendencia N° 344-2010/SUNAT (Publicada el 31.12.2010) se aprobó el Sistema de Embargo por Medios Telemáticos ante las Empresas Adquirentes (SEMT-ATC), que permite a la SUNAT notificar a las empresas que desempeñan el rol de adquirentes en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y/o débito sobre los embargos en forma de retención u otras medidas vinculadas a estos y, a su vez, permite a dichas empresas comunicar a aquella el monto retenido al deudor tributario en cobranza coactiva o la imposibilidad de efectuar la retención.

En tal situación, se busca incorporar nuevos sujetos dentro de los alcances de la R.S. N° 344-2010/SUNAT. Por ello, mediante la presente disposición se dispone la publicación del proyecto de la R.S. que modificaría la citada norma.

El texto de la resolución se debe colgar en la página web de la Sunat, a efectos que las personas que tengan algún comentario sobre el proyecto de resolución, pueden realizarlo hasta el 23 de mayo de 2025, al siguiente correo electrónico: MMAIDANA@sunat.gob.pe

Fecha de vigencia: 09/05/2025