DECRETO LEGISLATIVO Nº 1533.

Fecha de publicación: Sábado 19 de marzo de 2022.

Mediante el presente Decreto, se modifican diversos artículos del Código Tributario, la Ley Nº 31120 y otras normas vinculadas a materia de devolución a fin de otorgar preeminencia, en el caso de devoluciones a cargo de la SUNAT, al abono en cuenta corriente o de ahorros sobre los otros medios de devolución.

La Fecha de vigencia:  es al día siguiente de la publicación en el diario oficial “El Peruano” del decreto supremo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas que regule las disposiciones necesarias para lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo, salvo la primera disposición complementaria modificatoria, referida a las modificaciones al numeral 3.1 y 3.2 de la Ley N° 31120, referida a la Cuenta DNI, que entra en vigencia el 20/03/2022.

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