El Ministerio de Economía y Finanzas estableció las disposiciones reglamentarias para la correcta aplicación del beneficio tributario contemplado en la Ley N.º 31828, conocida como Ley del Joven Empresario.
Mediante el Decreto Supremo N.º 054-2024-EF,   publicado en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, se busca promover la generación de empleo entre los jóvenes y fortalecer el desarrollo económico del país dentro de un marco de economía social de mercado.

La norma detalla que las empresas inscritas ante la Sunarp y sujetas al Régimen General del impuesto a la renta o al Régimen Mype Tributario podrán aplicar una deducción adicional del 50% de la remuneración básica de los nuevos trabajadores contratados, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

El dispositivo legal establece que el beneficio tributario se determina en función de la fecha de inicio de labores al momento de la contratación. Para efecto del cómputo del periodo se consideran los 12 meses anteriores contados desde el mes precedente al anterior a aquel de la fecha de inicio de labores.

El cumplimiento de este requisito se acredita con el documento que para estos efectos se obtenga a través de Sunat Operaciones en Línea o con el CUL. El trabajador obtiene cualquiera de estos documentos en la fecha de inicio de labores y lo entrega a su empleador en esa fecha.

Asimismo, se señala que la remuneración básica mensual comprende la remuneración principal fija o la remuneración principal variable o imprecisa, tales como las comisiones o destajo, en dinero o especie, las cuales se declaran en el medio regulado por la Sunat para recibir la planilla electrónica como “remuneración o jornal básico”, “comisiones o destajo” o “remuneración en especie”, según corresponda.

En el caso de una remuneración variable o imprecisa, la sumatoria total de las remuneraciones básicas en el ejercicio por el que se pretende aplicar la deducción adicional dividida entre la cantidad de meses por el que tales remuneraciones son declaradas en el medio regulado por la Sunat para recibir la planilla electrónica no debe superar 1,700 soles.

Para efecto de la aplicación del beneficio tributario, la remuneración básica mensual que se pague al trabajador nuevo debe ser deducible según lo establecido en la Ley del Impuesto a la Renta.

El decreto supremo es refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, José Berley Arista Arbildo.

Fuente:   El Peruano
Fecha:    18/04/2024

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