Sunat ha publicado el Informe N° 020-2022-SUNAT/7T0000, concluyendo lo siguiente:
“Las rentas percibidas por una persona natural no domiciliada producto de la redención o rescate de cuotas de participación de fondos mutuos de inversión en valores constituidos en el Perú están sujetas a la tasa del impuesto a la renta prevista en el inciso e) del artículo 54 de la LIR”.
INFORME: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i020-2022-7T0000.pdf
Fuente: página web de la Sunat
Fecha de publicación: 06/04/2022