DECRETO SUPREMO Nº 018-2021-MC.

Fecha de publicación: Lunes 26 de julio de 2021.

A través de la Ley N° 31053 (15/10/2020), Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, se derogó la Ley N° 28086, Ley de democratización del libro y de fomento de la lectura y se estableció un nuevo marco normativo con la finalidad reconocer y fomentar el derecho de las personas a la lectura y promover el acceso al libro.

Asimismo, esta Ley estableció los siguientes beneficios tributarios:

1.- Exoneración del Impuesto General a las Ventas a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines, el cual esta vigente desde el 16 de octubre de 2020 y por un plazo de tres años; y

2.- El reintegro tributario a favor de los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean de hasta 150 UIT, equivalente al IGV pagado en las adquisiciones e importaciones de bienes de capital, materia, prima, insumos, entre otros destinados a la realización del Proyecto Editorial, con una vigencia de tres años contados desde el 16 de octubre de 2020.

A través de la presente disposición, se crea el Reglamento de la Ley N° 31053, estableciendo las reglas aplicables a los beneficios tributarios indicados, entre otros.

Asimismo, para acceder al Reglamento de la Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, puede ingresar al siguiente enlace: https://tinyurl.com/2jpu48yh

Fecha de vigencia: a partir del Martes 27 de julio de 2021.

 

 

 

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